LA NOTICIA-CALAHORRA. LA RIOJA. Calahorra impondrá seguro obligatorio y edad mínima de 16 años para los patinetes eléctricos

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   CALAHORRA LA RIOJA - MOVILIDAD -   JUEVES - 23-10-25 10:30 h

Calahorra impondrá seguro obligatorio y edad mínima de 16 años para los patinetes eléctricos



CALAHORRA (LA RIOJA) 23-10-25

• Está prohibido que circulen por las zonas peatonales, que incluyen aceras, andenes y paseos
• Los conductores de Vehículos de Movilidad Personal deberán tener al menos 16 años.
• Será obligatorio el uso de casco y chaleco reflectante además de un seguro de responsabilidad civil.
• Las infracciones podrán acarrear multas de hasta 200 euros y la inmovilización del patinete.
• Se creará un registro municipal de VMP para su correcta identificación, gestionado por la Policía Local.

Calahorra, 23 de octubre de 2025

La concejala de Seguridad, Movilidad y Tráfico, Reyes Zapata, y el inspector jefe de la Policía Local, Rubén González, presentaron la nueva Ordenanza reguladora de Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Esta normativa se someterá a debate y aprobación en el pleno municipal del 27 de octubre

. El objetivo principal de esta medida es “regular la circulación y el estacionamiento en vías públicas urbanas de los patinetes eléctricos de acuerdo con la normativa nacional y a las necesidades locales para garantizar una convivencia segura entre peatones y conductores de este tipo de vehículos y mejorar la seguridad vial en la ciudad”, según explicó Reyes Zapata, quien subrayó que se trata de una norma “muy necesaria”.

Definición y Edad Mínima

Se define como VMP al vehículo de una o más ruedas, de una sola plaza, propulsado exclusivamente por motores eléctricos con una velocidad máxima por diseño de entre 6 y 25 km/h. Solo pueden llevar asiento o sillín si cuentan con sistema de auto-equilibrio. La nueva ordenanza fija la edad mínima para conducir estos vehículos en 16 años.

Requisitos para Circular

La normativa establece diversas obligaciones para los conductores, incluyendo el uso de casco de protección y chaleco reflectante, así como la contratación de un seguro de responsabilidad civil a nombre del titular o usuario habitual. Los VMP deberán llevar timbre y luces (roja trasera y blanca delantera), obligatorias de noche o con condiciones de baja visibilidad.

Respecto a la circulación, los patinetes eléctricos deben usar el centro del carril en la calzada. Queda prohibido que circulen por zonas peatonales como aceras, andenes y paseos, salvo señalización expresa. También se prohíbe circular en zonas con poca visibilidad o estrechamientos no señalizados.

Ocupación y Carga

Los VMP están destinados al transporte de una única persona. Queda prohibido llevar a otras personas. La carga permitida no podrá sobrepasar las dimensiones del vehículo.

Estacionamiento y Exclusiones

Los patinetes deberán estacionarse en los lugares habilitados o en los destinados a motocicletas y bicicletas. Si no existen zonas próximas, se permitirá el aparcamiento en las aceras junto al bordillo, siempre que se garantice un espacio de más de tres metros para el tránsito peatonal. No se permite anclarlos a árboles, bancos o marquesinas, ni estacionarlos junto a paradas de transporte público o sobre tapas de registro o servicio.

Quedan excluidos de esta ordenanza los vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín, los que tienen una tensión de trabajo superior a 100 VCC o 240 VAC, los concebidos para competición y aquellos destinados a personas con movilidad reducida.

Registro Municipal Voluntario

Para facilitar la identificación de los VMP, la ordenanza contempla la creación de un registro municipal de carácter voluntario, gestionado por la Policía Local. Este registro requerirá la identificación del titular (empadronado en Calahorra), la marca, modelo, color, certificado de homologación y marcado CE del vehículo, pudiendo aportarse documento gráfico. Tras la inscripción, se entregará un número de registro al titular.

Régimen Sancionador

El capítulo de sanciones clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves, con multas de 60, 100 y 200 euros, respectivamente. En el caso de las infracciones muy graves, se podrá inmovilizar el VMP. Se aplicará un descuento del 50% por pronto pago si se efectúa antes de los 20 días naturales tras la notificación.

Como ejemplos de infracciones leves se citan no llevar luces instaladas o conducir sin chaleco. Entre las graves se encuentran transportar a dos o más personas a la vez, estacionar obstaculizando el tránsito peatonal o circular por vías no autorizadas. Se consideran muy graves conducir sin haber cumplido los 16 años, circular sin seguro de responsabilidad civil o transportar a dos o más personas si una es menor de edad, entre otras.

Origen de la Ordenanza

La Ordenanza reguladora de Vehículos de Movilidad Personal es uno de los puntos a tratar en el pleno ordinario de octubre. Su redacción responde a un acuerdo plenario previo surgido de una propuesta del grupo municipal de Izquierda Unida, que contó con el apoyo de Partido Popular y Vox. Los concejales del Partido Socialista optaron por la abstención.

Beneficios para la Ciudadanía

La implementación de esta ordenanza es una medida positiva para Calahorra ya que promueve la seguridad vial y ordena el uso de un medio de transporte cada vez más popular. Al establecer reglas claras de circulación y estacionamiento, se busca proteger tanto a los usuarios de los patinetes como a los peatones, mejorando la convivencia en el espacio público y reduciendo los riesgos de accidentes. Además, la posibilidad de un registro facilita la identificación y ayuda a promover un uso más responsable.

Convocatoria y Fechas Relevantes

La nueva Ordenanza reguladora de Vehículos de Movilidad Personal se someterá a aprobación del pleno municipal el 27 de octubre.
     
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